Subvenciones destinadas a fomentar la realización de inversiones en albergues de peregrinos del Camino de Santiago de la costa, a su paso por Cantabria, y de la Ruta Lebaniega que enlaza el Camino de Santiago de la costa con el Camino Francés, que contribuyan a la promoción de Cantabria como destino turístico.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Turismo Y Hosteleria (DIR3: A06035852)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Relaciones entre Administraciones Públicas
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Entidades Locales titulares de albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega, definidos mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de octubre de 2015 (Boletín Oficial de Cantabria de 27 de octubre de 2015, EXT. Núm. 82).
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Quince días hábiles a contar desde la fecha indicada en el extracto de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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SOLICITUD SUBVENCIÓN ALBERGUE PEREGRINOS. La solicitud de subvención, se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo I de la Resolución de Convocatoria. Word.
Obligatorio
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DECLARACIÓN RESPONSABLE. La entidad cumple con los requisitos para alcanzar la condición de Beneficiario conforme a lo indicado en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Turismo y Hostelería - Servicio de Actividades Turísticas.
- Norma atributiva
Orden IND/34/2021, de 9 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega de titularidad de entidades locales.
- Informes o dictámenes
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- Informe de valoración de los expedientes. (plazo de elaboración: 6 meses.).
- Órgano que resuelve
- Consejera de Cultura, Turismo y Deporte.
- Norma atributiva
Orden IND/34/2021, de 9 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega de titularidad de entidades locales.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 5 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Contra la resolución que se adopte podrá interponerse recurso potestativo de reposición, o directamente recurso contencioso-administrativo.
- Órgano
Consejera de Cultura, Turismo y Deporte en el caso de recurso de reposición; Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el caso de recurso contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes en el caso del recurso de reposición; dos meses en el caso del Recurso contencioso administrativo, contado en ambos casos a partir del día siguiente a su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden IND/34/2021, de 9 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega de titularidad de entidades locales.
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

