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Subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del PRTR.

Subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del PRTR.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Vivienda y Urbanismo
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos
  1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones.
    Para cada una de las tres actuaciones citadas en el apartado cuarto, se establece una fecha de construcción del edificio que se justificará mediante consulta descriptiva y gráfica de la información catastral de los bienes inmuebles.
  2. En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarias las comunidades de propietarios en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en cuanto les resulten de aplicación. A tal efecto, junto con la solicitud de ayuda, se suscribirá una declaración responsable que acredite no tener pendiente obligaciones de reintegro de subvenciones o ayudas o, en su caso, el cumplimiento de las mismas. Asimismo, junto a la solicitud, se autorizará al órgano administrativo concedente la consulta a la información de la Administración tributaria o de la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las obligaciones correspondientes.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Estará abierto de forma continuada, desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de convocatoria, hasta el agotamiento del crédito disponible, o en caso de que esto no ocurra hasta el 29 de septiembre de 2023.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

27 ANEXO I SOLICITUD EDIFICIOS

No obligatorio

27 ANEXO I SOLICITUD EDIFICIOS

27 ANEXO III CUANTÍA DE LAS AYUDAS

No obligatorio

27 ANEXO III CUANTÍA DE LAS AYUDAS

27 ANEXO IV ADHESIÓN PARA LA EJECUCION DE LAS INSTALACIONES

No obligatorio

27 ANEXO IV ADHESIÓN PARA LA EJECUCION DE LAS INSTALACIONES

27 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA INVERSIÓN C15

No obligatorio

27 ANEXO II CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LA INVERSIÓN C15

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

Orden IND/27/2022, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Órgano que resuelve
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio o Consejo de Gobierno, en función del importe de la subvención.
Norma atributiva

Orden IND/27/2022, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o contencioso administrativo.

Órgano

Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio o Consejo de Gobierno para el recurso potestativo de reposición
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria el recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes computado a partir del día siguiente a su notificación para el recurso potestativo de reposición, o dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación para el recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación.
  • Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
  • Orden IND/27/2022, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  • Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.
  • Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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