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Subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos.

Subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, PRTR.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria u otras entidades locales supramunicipales, o municipios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos.

Los municipios deberán presentar un proyecto para la implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos, aceite de cocina usado o textil contribuyendo a alcanzar los objetivos de la UE en el ámbito de los residuos, en concreto mediante el aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente. El proyecto, que deberá incluir una descripción detallada y su alcance, definiendo las acciones subvencionables y no subvencionables que se contemplan para la ejecución del mismo, así como su contribución para alcanzar los objetivos estatales de recogida selectiva de residuos municipales, debiendo, en todo caso, incluir actuaciones de formación, información y sensibilización a la población atendida por el proyecto, convenientemente detalladas.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días y se computará desde el día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

ANEXO IV CUMPLIMIENTO PRINCIPIO DNSH

No obligatorio

ANEXO IV CUMPLIMIENTO PRINCIPIO DNSH

ANEXO V DECLARACION DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES

No obligatorio

ANEXO V DECLARACION DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES

ANEXO III MODELO DE SOLICITUD

No obligatorio

ANEXO III MODELO DE SOLICITUD

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejeria de Fomento, Ordenación del territorio y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, financiadas por el plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Órgano que resuelve
El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente. El órgano instructor del procedimiento de concesión de las subvenciones que se convoquen al amparo de las presentes bases reguladoras será la Dirección General competente en materia de residuos.
Norma atributiva

Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos.

Plazo máximo de resolución
2 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

La concesión o denegación de la subvención se realizará mediante Resolución motivada de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente. Pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, o bien podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano

Recurso de reposición: Consejero competente en materia de medio ambiente.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Plazo
Recurso de reposición: un mes. Recurso contencioso - administrativo: dos meses.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, financiadas por el plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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