Subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, PRTR.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria u otras entidades locales supramunicipales, o municipios constituidos por dichas entidades locales, que tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos.
Los municipios deberán presentar un proyecto para la implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos, aceite de cocina usado o textil contribuyendo a alcanzar los objetivos de la UE en el ámbito de los residuos, en concreto mediante el aumento de los residuos municipales recogidos selectivamente. El proyecto, que deberá incluir una descripción detallada y su alcance, definiendo las acciones subvencionables y no subvencionables que se contemplan para la ejecución del mismo, así como su contribución para alcanzar los objetivos estatales de recogida selectiva de residuos municipales, debiendo, en todo caso, incluir actuaciones de formación, información y sensibilización a la población atendida por el proyecto, convenientemente detalladas.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días y se computará desde el día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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ANEXO IV CUMPLIMIENTO PRINCIPIO DNSH
No obligatorio
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ANEXO V DECLARACION DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
No obligatorio
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ANEXO III MODELO DE SOLICITUD
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Consejeria de Fomento, Ordenación del territorio y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, financiadas por el plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Órgano que resuelve
- El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente. El órgano instructor del procedimiento de concesión de las subvenciones que se convoquen al amparo de las presentes bases reguladoras será la Dirección General competente en materia de residuos.
- Norma atributiva
Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos.
- Plazo máximo de resolución
- 2 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
La concesión o denegación de la subvención se realizará mediante Resolución motivada de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente. Pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, o bien podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano
Recurso de reposición: Consejero competente en materia de medio ambiente.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso de reposición: un mes. Recurso contencioso - administrativo: dos meses.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden FOM/6/2023, de 22 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria para proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico; de recogida de aceite usado de cocina o de recogida diferenciada de textil, en aquellos municipios que tengan asumida la recogida de residuos domésticos, financiadas por el plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
