Subvenciones destinadas a Ayuntamientos para adquirir los elementos de captación y transporte de agua desde los Planes y distribuirlos en sus depósitos municipales en situaciones de sequía.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Aguas Y Puertos (DIR3: A06027830)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan una o varias localidades no conectadas a los Planes Hidráulicos Regionales y en donde el suministro de agua se realice de forma exclusivamente a través de captaciones de manantiales.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Según convocatoria.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Solicitud. Según convocatoria.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General competente en materia de Aguas y Puertos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Norma atributiva
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Informes o dictámenes
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- Informe del Comité de Valoración. (plazo de elaboración: Una vez elaboradas las solicitudes.).
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Contra la Resolución que se adopte, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente o, en su caso, ante el Consejo de Gobierno si este dictó la resolución de concesión, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Órgano
Titular de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente o, en su caso, ante el Consejo de Gobierno si este dictó la resolución de concesión.
- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

