Procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva gestionadas por la Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia para el fomento de la transferencia del conocimiento.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Universidades y Politica Universitaria (DIR3: A06029680)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Tecnología, Investigación e Innovación
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado, De oficio
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- La sede social de las entidades solicitantes ha de radicar en la Comunidad Autónoma de Cantabria, o, al menos, habrán de disponer de centro de trabajo en Cantabria.
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Un mes.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Universidades, Investigación y Transferencia, a través de su Servicio de Universidades e Investigación.
- Norma atributiva
Orden UIC/4/2022, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la transferencia de conocimiento.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Universidades, Iguadad, Cultura y Deporte.
- Norma atributiva
Orden UIC/4/2022, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la transferencia de conocimiento y art.9 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- No Tiene
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Inicio de oficio:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Reposición con carácter potestativo, o bien directamente recurso contencioso administrativo.
- Órgano
Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte para el recurso de reposición. Tribunal Superior de Justicia en caso de recurso contencioso - administrativo.
- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución, en el caso de recurso de reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución en caso de recurso contencioso - administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
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- Orden UIC/4/2022, de 14 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento de la transferencia de conocimiento.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
