Convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19, que cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley de Cantabria 3/2021, de 26 de abril, de concesión de ayudas dirigidas a las empresas y las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo, para el sostenimiento del empleo y la actividad económica en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19, no hayan resultado beneficiarias de dichas subvenciones.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Empleo y Seguridad social
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Castellano.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
Personas que:
a) Tuvieran la condición de trabajadores o trabajadoras por cuenta ajena en el periodo comprendido entre 1 de octubre de 2020 y el 28 de febrero de 2021. Se considerará que ostentan dicha condición las personas que se encuentran incluidas dentro del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.b) Su código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde prestaran sus servicios en el periodo 1 de octubre de 2020 y el 28 de febrero de 2021 corresponda al código de la provincia de Cantabria. En el caso de que su empresa no cuente con cuenta de cotización a la Seguridad Social en Cantabria, el centro de trabajo donde hayan efectivamente prestado servicios en el periodo indicado deberá ubicarse en Cantabria.
c) Hayan estado afectadas por expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de cualquier clase, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 28 de febrero de 2021, durante al menos treinta días (acumulables; no necesariamente consecutivos), por suspensión de contrato de trabajo o por reducción de jornada de trabajo.
d) No hayan sido beneficiarias de las ayudas reguladas en el artículo 2 de la Ley de Cantabria 3/2021, de 26 de abril.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
A través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En el caso de actuar a través de organización sindical según lo expuesto en el artículo 4, deberán ser utilizados exclusivamente medios electrónicos para la presentación de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 135 de la citada Ley 39/2015.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Intermediación y Orientación Profesional.
- Norma atributiva
Orden EPS/10/2022, de 20 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.
- Plazo máximo de resolución
- 1 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
- Órgano
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
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- Orden EPS/10/2022, de 20 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de subvenciones a personas trabajadoras afectadas por expediente de regulación temporal de empleo, en el contexto de la pandemia de COVID-19.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.