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Subvenciones a municipios para la realización de actividades europeas por los Puntos de Información Europeos.

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuentan con un Punto de Información Europeo y que quedan fuera del área de acción de los cinco Grupos de Acción Local existentes en la Región (Asociaciones sin ánimo de lucro seleccionadas para la gestión del programa Leader, según Orden MED/48/2015, de 14 de octubre de 2015), con el fin de apoyar, en régimen de concurrencia competitiva, la realización de actividades de información y divulgación de temas europeos.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos
Órgano directivo
Direc. General De Fondos Europeos (DIR3: A06027847)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuentan con un Punto de Información Europeo y que quedan fuera del área de acción de los cinco Grupos de Acción Local existentes en la Región (Asociaciones sin ánimo de lucro seleccionadas para la gestión del programa Leader) y que vayan a realizar actividades de información y divulgación de temas europeos.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Quince días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, en la calle Hernán Cortés nº 9 primera planta (Santander), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 y 135 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".

Documentación requerida

SOLICITUD ACTIVIDADES MUNICIPALES

No obligatorio

SOLICITUD ACTIVIDADES MUNICIPALES

BASES REGULADORAS SUBVENCIONES MUNICIPALES

No obligatorio

BASES REGULADORAS SUBVENCIONES MUNICIPALES

MODIFICACIÓN BASES REGULADORES SUBVENCIONES MUNICIPALES.

No obligatorio

MODIFICACIÓN BASES REGULADORES SUBVENCIONES MUNICIPALES.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Economía y Asuntos Europeos.
Norma atributiva

Decreto 41/2018, de 10 de mayo, establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, estableciendo las competencias de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, correspondiéndole, entre otras, específicamente las competencias de los asuntos relacionados con Europa, así como la información a los ciudadanos.

Órgano que resuelve
Consejero de Economía y Hacienda.
Plazo máximo de resolución
5 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Requerimiento Previo ante el Gobierno de Cantabria en los términos previstos en el artículo 152 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo.

Plazo
Dos meses a partir del día siguiente a su notificación.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden HAC/05/2017, de 23 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a los Municipios para la realización de actividades europeas por los Puntos de Información Europeos.
  • Orden HAC/16/2018, de 16 de marzo de 2018, por la que se modifican las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a los municipios para la realización de actividades europeas por los Puntos de Información Europeos.

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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