Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones a Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuentan con un Punto de Información Europeo y que quedan fuera del área de acción de los cinco Grupos de Acción Local existentes en la Región (Asociaciones sin ánimo de lucro seleccionadas para la gestión del programa Leader, según Orden MED/48/2015, de 14 de octubre de 2015), con el fin de apoyar, en régimen de concurrencia competitiva, la realización de actividades de información y divulgación de temas europeos.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos
- Órgano directivo
- Direc. General De Fondos Europeos (DIR3: A06027847)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cuentan con un Punto de Información Europeo y que quedan fuera del área de acción de los cinco Grupos de Acción Local existentes en la Región (Asociaciones sin ánimo de lucro seleccionadas para la gestión del programa Leader) y que vayan a realizar actividades de información y divulgación de temas europeos.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Quince días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, en la calle Hernán Cortés nº 9 primera planta (Santander), sin perjuicio de lo establecido en el artículo 134 y 135 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Documentación requerida
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SOLICITUD ACTIVIDADES MUNICIPALES
No obligatorio
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BASES REGULADORAS SUBVENCIONES MUNICIPALES
No obligatorio
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MODIFICACIÓN BASES REGULADORES SUBVENCIONES MUNICIPALES.
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Economía y Asuntos Europeos.
- Norma atributiva
Decreto 41/2018, de 10 de mayo, establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, estableciendo las competencias de la Dirección General de Economía y Asuntos Europeos, correspondiéndole, entre otras, específicamente las competencias de los asuntos relacionados con Europa, así como la información a los ciudadanos.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Economía y Hacienda.
- Plazo máximo de resolución
- 5 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Requerimiento Previo ante el Gobierno de Cantabria en los términos previstos en el artículo 152 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo.
- Plazo
- Dos meses a partir del día siguiente a su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden HAC/05/2017, de 23 de febrero por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a los Municipios para la realización de actividades europeas por los Puntos de Información Europeos.
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- Orden HAC/16/2018, de 16 de marzo de 2018, por la que se modifican las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a los municipios para la realización de actividades europeas por los Puntos de Información Europeos.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
