Sede Electrónica

Subvenciones a Entidades Privadas sin ánimo de lucro, en materia de servicios sociales.

Concesión en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar gastos de mantenimiento y de realización de programas de las entidades privadas de servicios sociales.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direccion Del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Servicios Sociales e Igualdad
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener sede, oficina abierta permanentemente o delegación permanente y desarrollar las actividades objeto de esta orden en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales regulado mediante Decreto 40/2008, de 17 de abril, por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) No tener asignada subvención nominativa para el mismo objeto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el ejercicio de la convocatoria.
d) No tener asignada ninguna otra subvención directa para el mismo objeto por parte del Gobierno de Cantabria.
e) No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la Orden de Convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

MEMORIA DE ACTUACION JUSTIFICATIVA DE PROGRAMAS (anexo 4a)

No obligatorio

MEMORIA DE ACTUACION JUSTIFICATIVA DE PROGRAMAS (anexo 4a)

MEMORIA DEL PROGRAMA (anexo 3a)

No obligatorio

MEMORIA DEL PROGRAMA (anexo 3a)

MEMORIA ECONOMICA JUSTIFICATIVA MANTENIMIENTO (anexo 5b)

No obligatorio

MEMORIA ECONOMICA JUSTIFICATIVA MANTENIMIENTO (anexo 5b)

MEMORIA DE MANTENIMIENTO (anexo 3b)

No obligatorio

MEMORIA DE MANTENIMIENTO (anexo 3b)

MEMORIA ECONOMICA JUSTIFICATIVA PROGRAMAS (anexo 5a)

No obligatorio

MEMORIA ECONOMICA JUSTIFICATIVA PROGRAMAS (anexo 5a)

DECLARACION RESPONSABLE (anexo 1B)

No obligatorio

DECLARACION RESPONSABLE (anexo 1B)

MEMORIA DE LA ENTIDAD (anexo 2)

No obligatorio

MEMORIA DE LA ENTIDAD (anexo 2)

MEMORIA DE ACTUACION JUSTIFICATIVA MANTENIMIENTO (anexo 4b)

No obligatorio

MEMORIA DE ACTUACION JUSTIFICATIVA MANTENIMIENTO (anexo 4b)

DIETAS Y GASTOS DE VIAJE (anexo 6)

No obligatorio

DIETAS Y GASTOS DE VIAJE (anexo 6)

SOLICITUD DE LA SUBVENCION

No obligatorio

SOLICITUD DE LA SUBVENCION

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Acción Social e Integración del ICASS.
Norma atributiva

ORDEN EPS/18/2021, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesion de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales (BOC num. 110 de 9 de junio de 2021).

Órgano que resuelve
Directora del ICASS.
Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Alzada .

Órgano

Consejera de Empleo y Políticas Sociales.

Plazo
Un mes a contar desde el día siguiente a la notificación.

Normativa

Normativa aplicada
  • ORDEN EPS/18/2021, de 31 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesion de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales (BOC num. 110 de 9 de junio de 2021).
  • Resolución de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales en el año 2022 (BOC núm. 49, de 11 de marzo de 2022).

Convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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