Las competencias en materia de juventud corresponden a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, de conformidad con el Decreto 6/2023, de 7 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. En el ejercicio de estas competencias uno de los objetivos de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad es la activa colaboración con las Entidades Locales en la consecución de objetivos comunes. La cooperación con los municipios se encuentra recogida en el artículo 6 de la Ley de Cantabria 4/2010, de 6 de julio, de Educación en el Tiempo Libre que se dictó con el propósito de establecer un marco normativo para el desarrollo de las políticas promovidas por la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de educación en tiempo libre dirigida a jóvenes, entendida como el proceso de aprendizaje y otras experiencias de carácter permanente que tienen lugar en el tiempo libre o de ocio de la ciudadanía, a las que se accede de forma voluntaria, y cuyo fin es potenciar el desarrollo integral de las personas, promover el impulso de valores universales y lograr de aquélla actitudes de reflexión, crítica y compromiso social.
La Resolución del Consejo de Europa, de fecha 26 de noviembre de 2028, aprobó la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 con el objetivo de impulsar la participación de los jóvenes en la vida democrática, apoyando el compromiso social y cívico garantizando que todos los jóvenes cuenten con los recursos necesarios para participar en la sociedad. La Estrategia de la Unión Europea busca lograr sus objetivos a través de las once metas de la juventud europea y un proceso de acción fundado en involucrar, conectar y capacitar.
La Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027 reconoce que "La juventud tiene un papel específico en la sociedad se enfrenta a retos específicos, deseosos de tomar las riendas de su vida, tejer relaciones y apoyar a los demás". Para hacer esto posible reconoce como instrumentos el fomento de la participación en la vida democrática de los jóvenes y el esfuerzo en garantizar que todos los jóvenes tengan recursos necesarios para participar en la sociedad.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Juventud, Cooperacion Al Desarrollo Y Voluntariado (DIR3: A06045080)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
- Municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la comunidad autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- La instrucción del procedimiento corresponde al Comité de valoración constituido conforme a las bases.
- Norma atributiva
Orden ISO/16/2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de sensibilización y capacitación entre la población joven de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- La persona titular de la Consejería competente en materia de juventud.
- Norma atributiva
Los artículos 9.1 y 23.1, segundo párrafo, de la ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
La resolución es susceptible de ser recurrida mediante la interposición de recurso potestativo de reposición, o alternativamente, directamente mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo.
- Órgano
Recurso potestativo de reposición: Consejero/a competente en materia de juventud.
Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso potestativo de reposición: en el plazo de un mes. Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de dos meses.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Orden ISO/16/2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de sensibilización y capacitación entre la población joven de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
