Bases que regulan la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para desarrollar acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Castellano
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
- Requisitos
Entidades locales y entidades sin ánimo de lucro con experiencia previa de, al menos, un año en los últimos cinco, en acciones de orientación profesional para el empleo.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Memoria. 1º Identificación de la identidad. 2º Síntesis de la experiencia previa en acciones de orientación profesional para el empleo. 3º Ubicación de los centros de atención donde serán realizadas las acciones previstas. 4º Dotación de las instalaciones. 5º Recursos humanos. 6º Identificación del colectivo preferente de atención. 7º Trayectoria de la entidad en materia de igualdad. Se genera en la aplicación CONVOCA.
Obligatorio
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Acreditación de la representación. Acreditación de la representación.
Obligatorio
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Declaración de no concurrencia de subvenciones. Declaración de no concurrencia de subvenciones. Requiere firma electrónica.
Obligatorio
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Acreditación de la experiencia previa requerida. Requiere certificado del servicio público de empleo correspondiente, firmado electrónicamente.
Obligatorio
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Acreditación de la disponibilidad de la estructura mínima necesaria. Planos señalando los espacios a utilizar.
Obligatorio
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Estatutos de las entidades sin ánimo de lucro. Estatutos de las entidades sin ánimo de lucro.
Obligatorio
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Certificado de accesibilidad. Certificado de accesibilidad. Requiere firma electrónica de una entidad legalmente habilitada.
Obligatorio
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Acreditación del número de personas atendidas en los 5 años anteriores. Acreditación del número de personas atendidas en los 5 años anteriores. Requiere certificado firmado electrónicamente por el servicio público de empleo correspondiente.
No obligatorio
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Certificados de estar al corriente con AEAT, ACAT y S. Social, o autorización. Certificados de estar al corriente con AEAT, ACAT y S. Social, o autorización. Requiere certificado emitido por cada una de las Administraciones citadas.
No obligatorio
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Acreditación de disponer un sistema de evaluación de la calidad. Acreditación de disponer un sistema de evaluación de la calidad. Requiere emisión por entidad nacional de acreditación.
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Intermediación y Orientación Profesional del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Orden IND/15/2024, de 12 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo.
- Informes o dictámenes
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- Informe fiscal. (plazo de elaboración: 10 días.).
- Órgano que resuelve
- Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
- Órgano
Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.
- Plazo
- Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Orden IND/15/2024, de 12 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones de mejora de la empleabilidad, en colaboración con el Servicio Cántabro de Empleo.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
