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Subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Mediante este procedimiento se convocan subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria.
Se subvencionarán actuaciones sobre: Bienes de Interés Cultural (BIC); Bienes de Interés Local o Catalogado (BIL); Bienes incorporados al Inventario General de Patrimonio Cultural de Cantabria (Bienes Inventariados); inmuebles que formen parte de un Conjunto Histórico, en concreto: obras de conservación que tengan por finalidad el mantenimiento del inmueble con sus características y materiales originales, así como obras de restauración que tengan por objeto la restitución de la imagen y unidad del bien.
No se podrá obtener subvención, respecto de un mismo inmueble y ejercicio presupuestario, al amparo de las dos líneas de subvenciones que se convoquen para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria (particulares y empresas). Es decir, estas líneas de subvenciones son incompatibles entre sí.
Las convocatorias estarán sometidas al régimen de ayudas de mínimis, reguladas en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre (DOUE de 24 de diciembre de 2013, L 352/1-8), modificado mediante Reglamento (UE) 2020/972, de la Comisión, de 2 de julio (DOUE de 7 de julio de 2020, L 215/3-6).

Datos generales

Consejería
Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
Órgano directivo
Direc. General De Cultura Y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Cultura
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, ya sea su titular un empresario individual, una sociedad civil o una sociedad mercantil, que sean propietarias o poseedoras legítimas de inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria indicados en el artículo 1 de las bases reguladoras. En caso de tratarse de poseedores legítimos deberán contar con la autorización del propietario para realizar la actividad subvencionada.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Anexo I solicitud.

Se detallan los extremos fundamentales de la solicitud de subvención.

Obligatorio

Anexo I

Anexo II.

Modelo del cartel anunciador correspondiente a la subvención, que ha de colocar el beneficiario.

Obligatorio

2_anexo_II_convocatoria_subv_PC_2025_empresas CARTEL ANUNCIADOR

Anexo III.

Modelo de memoria económica justificativa.

Obligatorio

3 anexo III convoc subv PC 2025 empresas MEMORIA ECON JUSTIF

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico.
Norma atributiva

Orden UIC/3/2022, de 27 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 24, de 4 de febrero de 2022), modificada mediante Orden UIC/2/2023, de 21 de febrero (Boletín Oficial de Cantabria nº 41, de 28 de febrero de 2023).

Informes o dictámenes
  • Informe del comité de valoración. (plazo de elaboración: No se establece plazo.).
  • Órgano que resuelve
    Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, salvo que al menos una de las subvenciones a conceder exceda, individual y unitariamente considerada de sesenta mil (60.000) euros, en cuyo caso resuelve el Consejo de Gobierno.
    Norma atributiva

    Orden UIC/3/2022, de 27 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 24, de 4 de febrero de 2022), modificada mediante Orden UIC/2/2023, de 21 de febrero (Boletín Oficial de Cantabria nº 41, de 28 de febrero de 2023).

    Plazo máximo de resolución
    6 Meses
    Plazo medio de resolución
    7 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
    No
    Entidades Colaboradoras de Certificación

    En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

    Recursos

    Tipo

    Reposición con carácter potestativo, o bien directamente recurso contencioso administrativo.

    Órgano

    Consejero de Cultura, Turismo y Deporte o bien Consejo de Gobierno para el recurso de reposición. Tribunal Superior de Justicia en caso de recurso contencioso - administrativo.

    Plazo
    Un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución, en el caso de recurso de reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución en caso de recurso contencioso - administrativo.

    Normativa

    Normativa aplicada
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
    • Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos).
    • Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre, modificado por Reglamento (UE) 2020/972, de la Comisión, de 2 de julio.
    • Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
    • Orden UIC/3/2022, de 27 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria nº 24, de 4 de febrero de 2022).
    • Ley de Cantabria, 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Orden UIC/2/2023 de 21 de febrero, por la que se modifica la Orden UIC/3/2022, de 27 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas privadas para la protección de bienes inmuebles civiles integrantes del Patrimonio Cultural de Cantabria.

    Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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