Solictud de indemnizaciones por fallecimiento y por daños físicos o psíquicos a las víctimas del terrorismo.

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Solictud de indemnizaciones por fallecimiento y por daños físicos o psíquicos a las víctimas del terrorismo.

Tramitación de las indemnizaciones recogidas en la Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Justicia Y Victimas Del Terrorismo (DIR3: A06004049)
Clasificación
Prestaciones
Materia(s)
Justicia
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Normativa, anexos e información adicional sobre protección de datos.

Requisitos

A aquellas personas que resulten perjudicadas por los actos de terrorismo cometidos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Asimismo, también será de aplicación a aquellas personas, aun cuando los actos terroristas hubieran acaecido en cualquier otro lugar del territorio español o en el extranjero, siempre que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

a) Haber estado empadronada en la Comunidad Autónoma de Cantabria en el momento en el que se produce dicha acción terrorista.

b) Haber estado empadronada en un municipio de la región durante, al menos, un tiempo equivalente a las dos terceras partes de su vida hasta el momento de perpetrarse el acto terrorista.

c) Haber estado empadronada un tiempo equivalente a las dos terceras partes del periodo transcurrido desde la perpetración del acto terrorista hasta la entrada en vigor de la ley.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
  1. Si a la entrada en vigor de la Ley tienen reconocida la condición de víctima del terrorismo, del 15 de abril de 2023 al 15 de abril de 2024.
  2. Para quienes no tuvieran la condición de víctimas con anterioridad a ese periodo o se trate de acciones terroristas cometidas con posterioridad, el plazo será de un año a partir del reconocimiento de la condición de víctimas.
Fecha inicio plazo presentación
26/09/2023
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Documentación requerida

Solicitud.

Solicitud de indemnizaciones al amparo de la Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

Obligatorio

solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo.
Norma atributiva

Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
- La concesión de las indemnizaciones por fallecimiento así como del resto de ayudas económicas cuyo importe sea superior a doce mil euros, corresponderá al Consejo de Gobierno. - Las indemnizaciones por daños físicos corresponderán a la Consejería competente en materia de seguridad.
Norma atributiva

Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
5 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso contencioso-administrativo.

Órgano

Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Plazo
2 meses a partir del día siguiente a su notificación.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 1/2023, de 5 de abril, de Reconocimiento, Homenaje, Memoria y Dignidad a las Víctimas del Terrorismo.
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