Solicitud de reconocimiento de "utilidad pública" de una asociación.
Reconocimiento de "utilidad pública" de una asociación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que la asociación lleve 2 años completos de actividad y funcionamiento.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Todo el año
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
1) Solicitud. 2) Memoria de actividades de los dos ejercicios económicos anuales anteriores, firmada por todos los miembros de la junta directiva. 3) Cuentas anuales de los dos ejercicios económicos anuales anteriores, firmada por todos los miembros de la junta directiva. 4) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. 5 ) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social. 6) Certificado del acuerdo de la Asociación de solicitar la declaración de utilidad pública. 7) Copia compulsada, en su caso, del alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Asociaciones
- Norma atributiva
Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.
- Órgano que resuelve
- El Ministro del Interior (mediante Orden Ministerial).
- Norma atributiva
Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- -
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, que regula los procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.