Sede Electrónica

Solicitud de reconocimiento de "utilidad pública" de una asociación.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Que la asociación lleve 2 años completos de actividad y funcionamiento.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

1) Solicitud. 2) Memoria de actividades de los dos ejercicios económicos anuales anteriores, firmada por todos los miembros de la junta directiva. 3) Cuentas anuales de los dos ejercicios económicos anuales anteriores, firmada por todos los miembros de la junta directiva. 4) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. 5 ) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social. 6) Certificado del acuerdo de la Asociación de solicitar la declaración de utilidad pública. 7) Copia compulsada, en su caso, del alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Registro de Asociaciones
Norma atributiva

Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.

Órgano que resuelve
El Ministro del Interior (mediante Orden Ministerial).
Norma atributiva

Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Ley orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, que regula los procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.

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