Solicitud de percepción de Canon Cinegético.
Compensar económicamente a entidades propietarias de terrenos incluidos en la Reserva.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
50 hectáreas de propiedad en la reserva.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Entre el 1 y el 28 de febrero tramo fijo y entre el 1 y el 30 de junio tramo variable.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Publico Institucional CAC
Documentación
a) Acreditación suficiente o poder bastante en Derecho para acreditar que el firmante de la solicitud tiene capacidad suficiente para actuar en nombre y representación de la persona o entidad que represente.
b) Acreditación de la titularidad y exactitud de los derechos sobre los terrenos a través de certificado del registro de la propiedad o escritura pública.
c) «Ficha de Tercero» cumplimentada y validada por la entidad financiera en la que se disponga el número de cuenta, en el caso de que no conste en esta Consejería o que haya sido modificada.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Director/a General Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático
- Norma atributiva
Artículo 5 de la Orden MED/50/2015, de 22 de octubre por la que se regula el procedimiento de concesión del canon cinegético en la Reserva Regional de Caza Saja.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Norma atributiva
Artículo 5 de la Orden MED/50/2015, de 22 de octubre por la que se regula el procedimiento de concesión del canon cinegético en la Reserva Regional de Caza Saja.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso de reposición
- Órgano
- Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza. Orden MED/50/2015, de 22 de octubre por la que se regula el procedimiento de concesión del canon cinegético en la Reserva Regional de Caza Saja.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.