Solicitud de participación en el concurso para la autorización de nuevas oficinas de farmacia.
Solicitud de participación en el concurso para la autorización de nuevas oficinas de farmacia.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Salud
- Órgano directivo
- Direc. General de Farmacia, Humanizacion y Coordinacion Sociosanitaria (DIR3: A06029672)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Salud
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Farmacéuticos.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- 20 días, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOC de la convocatoria del concurso para la apertura de nuevas oficinas de farmacia en Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Sanidad, C/ Federico Vial, 13, 39009, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
La establecida en el artículo 12 del Decreto 7/2003, modificado por el Decreto 7/2015, de 29 de enero. Los farmacéuticos interesados dispondrán de un plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria del concurso, para presentar la solicitud acompañada de la siguiente documentación:
a) Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
b) Titulo académico de Licenciado o Grado en Farmacia o del resguardo acreditativo de su solicitud o certificado de homologación a título habilitante español.
c) Certificado que acredite la colegiación del interesado o compromiso formal de colegiarse una vez autorizada la nueva farmacia.
d) Justificante del abono de la tasa que, en su caso, señale la legislación de tasas y precios públicos vigente.
e) Documentación acreditativa de los méritos de que se disponga relacionados en el Anexo II del Decreto 7/2015, de 29 de enero.
Todos los documentos presentados en otro idioma deberán acompañar su traducción al castellano, acreditada mediante traducción jurada. Cuando la solicitud se formule conjuntamente por dos o más farmacéuticos se aportará la documentación acreditativa de los méritos de cada uno de ellos.
f) Declaración responsable de ser o no titular o cotitular de una oficina de farmacia en el momento de formular la solicitud. En caso de serlo, compromiso de que si resultase autorizado, acreditará documentalmente en el momento de apertura de la nueva farmacia la clausura de la otra.
g) En su caso, declaración que manifieste la intención de los solicitantes de obtener la autorización de apertura en régimen de cotitularidad.
Los farmacéuticos que resulten adjudicatarios provisionales de oficinas de farmacia, dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de autorización provisional de nuevas oficinas de farmacia para acreditar documentalmente haber constituido garantía suficiente para cubrir el importe de 3.000 euros.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Sección de Ordenación Farmacéutica
- Norma atributiva
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Sanidad
- Norma atributiva
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso potestativo de reposición Recurso contencioso administrativo
- Órgano
- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto administrativo. Recurso contencioso administrativo ante los órganos del orden jurisdiccional contencioso administrativo.
- Plazo
- Recurso potestativo de reposición 1 mes si la resolución es expresa; si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Recurso contencioso administrativo 2 meses si la resolución es expresa; si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.