Solicitud de Inscripción DOP Miel de Liébana
Solicitud de Inscripción DOP Miel de Liébana. Registro de:
- Explotaciones Apícolas
- Centro de envasado/ extracción
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
EXPLOTACIÓN APÍCOLA
- Fotocopia del Libro de Explotación Apícola debidamente cumplimentado
- Fotocopia del Libro de tratamientos medicamentosos
CENTRO DE ENVASADO/ EXTRACCIÓN
- Fotocopia del Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras
- Fotocopia del Registro General Sanitario (en su caso)
- Memoria descriptiva de la actividad
- Planos de las instalaciones
- APPCC
- Diagrama de flujo de actividad
- Modelo de etiqueta a emplear
- En el caso de poseer una línea de envasado compartida con miel no acogida a la Denominación, se deberá entregar una memoria explicativa de las medidas de autocontrol a aplicar para evitar cruce de líneas.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Todo el año
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Oficina de Calidad Alimentaria. C/ Héroes del 2 de mayo, 27. 39006 Muriedas. Cantabria.
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación
EXPLOTACIÓN APÍCOLA
- Fotocopia del Libro de Explotación Apícola debidamente cumplimentado
- Fotocopia del Libro de tratamientos medicamentosos
CENTRO DE ENVASADO/ EXTRACCIÓN
- Fotocopia del Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras
- Fotocopia del Registro General Sanitario (en su caso)
- Memoria descriptiva de la actividad
- Planos de las instalaciones
- APPCC
- Diagrama de flujo de actividad
- Modelo de etiqueta a emplear
- En el caso de poseer una línea de envasado compartida con miel no acogida a la Denominación, se deberá entregar una memoria explicativa de las medidas de autocontrol a aplicar para evitar cruce de líneas.
- Impresos
- DOP MIEL DE LIÉBANA
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- ODECA
- Órgano que resuelve
- Director de la Oficina de Calidad Alimentaria
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 3/2000, de 24 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo "Oficina de Calidad Alimentaria" (BOC nº 150 de 3 de agosto de 2000)
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden GAN/45/2014, de 4 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Miel de Liébana y de su Consejo Regulador.
-
Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, por la que se concede la protección nacional transitoria a la Denominación de Origen Protegida «Miel de Liébana».
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.