Sede Electrónica

Solicitud de de autorización para el uso de la marca SABE A NORTE.

Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Oficina de Calidad Alimentaria, sito en la Calle Héroes dos de mayo, 27, 39600, Muriedas, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

PRODUCTORES, ELABORADORES Y/O TRANSFORMADORES

- Documentos acreditativos del cumplimiento de las autorizaciones pertinentes.

- Certificado de calidad indicados en vigor.

- D.N.I. del titular o del representante si es persona jurídica.

- C.I.F. de la sociedad, en caso de personas jurídicas.

- Cuando proceda, autorizaciones o nombramientos de representantes ante la entidad de control.

- Relación de los diferentes usos de la marca «sabe a norte» en los productos y marcas para los que solicita la autorización.

ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS

- Memoria de presentación del uso y de los medios de promoción del establecimiento a los que pretende aplicar la marca «Sabe a Norte».

- Memoria de la empresa que incluya:

- Ubicación del establecimiento.

- Listado de productos o platos donde se utilicen como ingrediente/s, de forma habitual, productos pertenecientes a la Marca «Sabe a Norte».

- Declaración responsable en la que se relacionen los productos agroalimentarios autorizados al uso de la marca «Sabe a Norte».

- D.N.I. del titular o del representante si es persona jurídica.

- C.I.F. de la sociedad, en caso de personas jurídicas.

- Cuando proceda, autorizaciones o nombramientos de representantes ante la entidad de control.

- Acreditación de tener en vigor las autorizaciones y/o requisitos pertinentes para el desarrollo de su actividad.

- Acreditación de compras de productos autorizados al uso de la marca «SABE A NORTE» por importe superior a 3.000€ anuales.

En el caso de ser la primera solicitud de autorización de uso de la marca de garantía se presentará una declaración de compromiso de compra de productos autorizados al uso de la marca «Sabe a Norte» superior a 3.000€ en un periodo de un año, verificable al finalizar el periodo de autorización.

Impresos
Solicitud de autorización Sabe a Norte

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).
Norma atributiva

- Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27 de marzo de 2000).

- Ley de Cantabria 3/2000, de 24 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).

Órgano que resuelve
Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).
Norma atributiva

Ley de Cantabria 3/2000, de 24 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso administrativo.
Órgano
Director de la Oficina de Calidad Alimentaria.
Plazo
Un mes para recurso potestativo de reposición o dos meses para recurso contencioso administrativo.

Normativa

Normativa aplicada

Ley de Cantabria 3/2000, de 24 de julio, por la que se crea el Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaria (ODECA).

REGLAMENTO DE USO DE LA MARCA «Sabe a Norte».

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