Autorizar a la persona que lo solicite como clasificador de canales de vacuno pesado, siendo dicha persona propuesta por la empresa gestora del matadero para el desempeño de esta función.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
La persona a autorizar debe ser propuesta por la empresa gestora del matadero para actuar como técnico clasificador.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Antes del comienzo de la actividad.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2011
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Real Decreto 815/2018, de 6 julio, relativo a la clasificación de canales y registro de precios en los sectores vacuno y ovino.
- Órgano que resuelve
- Director General de Ganadería y Desarrollo Rural
- Norma atributiva
Real Decreto 815/2018, de 6 julio, relativo a la clasificación de canales y registro de precios en los sectores vacuno y ovino
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada
- Órgano
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Reglamento Delegado (UE) 2017/1182, de la Comisión, de 20 de abril de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) 1308/2013, del Parlamento y del Consejo, en lo que atañe a los modelos de la Unión de clasificación de las canales de vacuno, porcino y ovino.
-
- Real Decreto 815/2018, de 6 julio, relativo a la clasificación de canales y registro de precios en los sectores vacuno y ovino.
Presentación
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