Sancionador para el control de los animales de compañía.
Asegurar el bienestar de los animales de compañía.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
- Clasificación
- Sancionador
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Denuncia
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
Documentación
Acta de inspección o denuncia.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.
- Norma atributiva
Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Norma atributiva
Real Decreto de Transferencias 3114/1982, de 24 de julio, Decreto 18/2000 de 17 de marzo de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejo de Gobierno.
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 32/2007, de 7 de noviembre, pra el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de protección de los animales. Decreto 46/1992, de 30 de abril, Reglamento para la protección de los animales. Orden GAN/2/2006, de 16 de enero, identificación y registro de animales de compañía identificados de Cantabria.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.