Sancionador en materia de puertos.
Sancionar las acciones u omisiones constitutivas de infracción tipificadas en la Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Aguas y Puertos (DIR3: A06027830)
- Clasificación
- Sancionador
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Obras Públicas, tráfico y transportes
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Propia iniciativa; orden superior; petición razonada de otros órganos o denuncia.Existencia de acciones u omisiones constitutivas de infracción tipificada en alguno de los supuestos recogidos en el artículo 54 de la Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
No cumplimentado
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Puertos del Gobierno de Cantabria
- Norma atributiva
Decreto 31/2009, de 16 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y se modifican parcialmente las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General competente en materia de puertos: Infracciones leves.Consejero
- Norma atributiva
Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada o recurso potestativo de reposición dependiendo de la infracción cometida.
- Órgano
- Consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo resuelve el recurso de alzada contra sanciones por infracciones leves y el recurso de reposición contra sanciones por infracciones graves, el Consejo de Gobierno el recurso de reposición contra sanciones por infracciones muy graves y el juzgado de lo contencioso administrativo el recurso contencioso administrativo contra sanciones por infracciones graves y muy graves.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.