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Sancionador en materia de industria, energía y minas.

La salvaguardia del interés general mediante la sanción de aquellas conductas que están legalmente tipificadas como infracciones administrativas en materia de industria, energía y minas.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Industria, Energia y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Sancionador
Materia(s)
Energía e industria
Empresas
Consumo
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Acuerdo órgano competente (por propia iniciativa u orden superior).Petición razonada de otros órganos.Denuncia.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein 2 (PCTCAN) - 39011 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Innovación e Industria de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Norma atributiva

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC nº 199, de 3-10-96). Decreto 102/1997, de 18 de septiembre, del Gobierno de Cantabria (BOC de 26-9-97), por el que se distribuyen las competencias sancionadoras en materia de industria, energía y minas.

Órgano que resuelve
a) El Director General de Industria, Comercio y Consumo hasta una cuantía de 30.050,60 ?. b) El Consejero de Innovación, Industria, Turismo y Comercio, desde 30.050,61 ? hasta 150.253,03 ?. c) El Consejo de Gobierno a partir de 150.253,04 ?.
Norma atributiva

Decreto 102/1997, de 18 de septiembre del Gobierno de Cantabria (B.O.C. 26/09/1997), por el que se distribuyen las competencias sancionadoras en materia de industria, energía y minas.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Caducidad
Inicio de oficio:
Caducidad
Pone fin a la vía administrativa
No
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso de alzada, potestativo de reposición o contencioso administrativo.

Órgano

Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio o Consejo de Gobierno el recurso de alzada, según quien dictase el acto impugnado, el Consejo de Gobierno el recurso de reposición y la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ resuelve el recurso contencioso administrativo.

Plazo
1 mes para el recurso de alzada y el potestativo de reposición y 2 meses para el contencioso administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 236 de 02/10/2015); Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (B.O.E. nº 236 de 02/10/2015); Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (B.O.E. nº 176 de 23/07/1992); Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (B.O.E. nº 176 de 24/07/1973); Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (B.O.E. nº 310 de 27/12/2013); Ley 34/1998, de 7 de octubre, de Hidrocarburos (B.O.E. nº 241 de 08/10/1998).

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