Retirada del mercado de los productos que puedan ser potencialemente inseguros para la salud y seguridad de las personas
Garantizar productos seguros en el mercado, esto es, aquellos que, en condiciones de utilización normales o razonablemente previsibles, no presente riesgo alguno o únicamente riesgos compatibles con el uso del producto y considerados admisibles dentro de un nivel elevado de protección d ela salud y seguridad de las personas.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Comercio y Consumo (DIR3: A06029673)
- Clasificación
- Sancionador
- Materia(s)
- Consumo
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Abierto permanentemente
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Los establecidos en la Ley 5/2018, de 22 de noviembre.
Documentación
Acta que acredite la posible existencia de productos inseguros
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Comercio y Consumo
- Norma atributiva
Real decreto 1801/2003, de 26 de diciembre.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Comercio y Consumo
- Norma atributiva
Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Alzada
- Órgano
- Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.