Resolución de contratos del sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Sede Electrónica

Resolución de contratos del sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Establecer, con carácter ejecutivo, la terminación de la relación contractual entre un órgano de contratación perteneciente al sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria y un contratista, por causas tasadas previstas en la legislación de contratos del sector público.

Datos generales

Consejería
Procedimientos generales del Gobierno
Órgano directivo
-
Clasificación
Contratación pública
Materia(s)
Economía, Comercio y Patrimonio de las Administraciones Públicas
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Que se trata de un contrato del sector público, en fase de ejecución por un contratista, y que concurra una de las causas de resolución previstas en la legislación de contratos del sector público.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

No

Fecha inicio plazo presentación
20/05/2021
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejería o Consejerías afectadas
Norma atributiva

Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, artículo 176. Artículos 211 a 213 y concordantes (según tipo de contrato) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Órgano que resuelve
Órgano de contratación.
Norma atributiva

Artículo 176.1 de la ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre.

Plazo máximo de resolución
8 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Inicio de oficio:
Caducidad
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición.
Recurso contencioso administrativo.

Órgano

Recurso potestativo de reposición: Órgano de contratación.
Recurso contencioso administrativo: Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Plazo
Recurso potestativo de reposición: 1 mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución. Recurso contencioso administrativo: 2 meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución o desde la resolución expresa del recurso potestativo de reposición .

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Pùblico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014
  • Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
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