Resolución de contratos del sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Establecer, con carácter ejecutivo, la terminación de la relación contractual entre un órgano de contratación perteneciente al sector público de la Comunidad Autónoma de Cantabria y un contratista, por causas tasadas previstas en la legislación de contratos del sector público.
Datos generales
- Consejería
- Gobierno de Cantabria
- Clasificación
- Contratación pública
- Materia(s)
- Economía, Comercio y Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que se trata de un contrato del sector público, en fase de ejecución por un contratista, y que concurra una de las causas de resolución previstas en la legislación de contratos del sector público.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- No
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Documentación
no
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Consejería o Consejerías afectadas
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, artículo 176. Artículos 211 a 213 y concordantes (según tipo de contrato) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- Órgano que resuelve
- Órgano de contratación.
- Norma atributiva
Artículo 176.1 de la ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre.
- Plazo de resolución
- 8 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso potestativo de reposición. Recurso contencioso administrativo.
- Órgano
- Recurso potestativo de reposición: Órgano de contratación. Recurso contencioso administrativo: Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Plazo
- Recurso potestativo de reposición: 1 mes desde el día siguiente al de la notificación de la resolución. Recurso contencioso administrativo: 2 meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución o desde la resolución expresa del recurso potestativo de reposición .
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
-
Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Pùblico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.