Rendición anual de cuentas de una asociación declarada de utilidad pública.
Depósito de las cuentas anuales en el Registro de Asociaciones para su constancia y publicidad.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva. (DIR3: A06029668)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Asociaciones declaradas de utilidad pública, cuyo ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Seis meses siguientes a la finalización del ejercicio anterior.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa, nº 29, 39003 Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
1) SOLICITUD de depósito de cuentas firmadas por el representante, en que se identifique debidamente la entidad a través de su naturaleza, denominación, número de inscripción en el Registro de Asociaciones y número de identificación fiscal. 2) CERTIFICACIÓN del acuerdo de la Asamblea general de socios que contenga la aprobación de las cuentas, el quórum de asistencia, resultado de la votación, fecha, ejercicio económico al que se refieren y fecha de su cierre, y en su caso, los auditores. 3) Cuentas anuales firmadas por todos los miembros de la junta directiva. 4) Memoria de actividades firmada por todos los miembros de la junta directiva.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Registro de Asociaciones.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. -Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria. Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
- Órgano que resuelve
- Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia.
- Norma atributiva
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación. -Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Asociaciones. Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria y Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia y Justicia.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y si el acto no es expreso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos.
-
Real Decreto 1388/1996 de 7 de junio, sobre traspaso en materia de Asociaciones a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
-
Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
-
Decreto 73/1997, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Registro de Asociaciones de Cantabria.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.