Sede Electrónica

Reintegro de cuantía indebidamente percibida de Renta Social Básica.

Procedimiento de compensación de las cantidades percibidas por el beneficiario cuando se constate una percepción indebida en la prestación económica de Renta Social Básica.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Órgano directivo
Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Prestaciones
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

n/a

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS).
Norma atributiva

Ley de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales (BOC núm. 66, 3 abril de 2007).

Ley 7/2014, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOE núm. 23, de 27 de enero de 2015).

Órgano que resuelve
Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS).
Norma atributiva

Ley de Cantabria 2/2007 de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Inicio de oficio:
Caducidad
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso Alzada.
Órgano
Titutlar de la Consejería competente.
Plazo
Un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.

Normativa

Normativa aplicada

Ley de Cantabria 2/2007 de 27 de marzo, de Derechos y Servicios Sociales.

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