Registro de empresas acreditadas como contratistas o subcontratistas en el sector de la construcción (REA)
Inscribir a las empresas acreditadas para intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción y certificar tal condición.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Empresas
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Serán solicitantes las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción.
A tal efecto, las empresas, con carácter previo al inicio de su intervención en el proceso de subcontratación en el Sector de la Construcción como contratistas o subcontratistas y con arreglo al modelo establecido en el anexo I.A, solicitarán su inscripción en el Registro dependiente de la autoridad laboral competente. (R.D. 1109/2007, de 24 de agosto)
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Antes de participar en procesos de subcontratación en el sector de la construcción.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
La establecida en el R.D. 1109/2007, de 24 de agosto.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Sección de Relaciones Laborales del Servicio de Relaciones Laborales.
- Norma atributiva
Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos.
Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Trabajo.
- Norma atributiva
Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales
- Plazo de resolución
- 15 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006
-
Decreto 65/2008, de 3 de julio, por el que se crea el Registro de Empresas Acreditadas como contratistas o subcontratistas en el Sector de la Construcción de la Comunidad Autónoma de Cantabria
-
Ley 32/2006, de 18 de octubre, de la subcontratación en el Sector de la Construcción
Presentación
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