Registro de Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Cantabria.
Inscripción en el Registro de Agrupaciones de Sanidad Vegetal de Cantabria previsto en la Orden DES/43/2010, de 1 de julio, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) y se crea su registro.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Estar constituidas por agricultores.Tener un número mínimo de socios según el cultivo.Asumir condiciones de tratamientos integrados en los cultivos.Tener una superficie mínima según los cultivos.Tener personalidad jurídica.Contratar a un técnico.Ser una entidad sin ánimo de lucro.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Oficinas comarcales, Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación y en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 105 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
Número de identificación fiscal.Ficha de acreditación del número de cuenta abierta en una entidad bancaria.Relación de socios que integran la ASV junto con las parcelas de cada uno de ellos, identificación catastral de las mismas y tipo de cultivo, especificando si se incluye o no en el programa de producción integrada.Acta de constitución o certificado de acuerdo del Consejo Rector en el caso de ASV constituidas en el seno de una Cooperativa o SAT.Composición de la Junta Rectora.Estatutos por los que se regirá la ASV y aceptación explícita de cumplir con los requisitos técnicos que se establezcan para cada cultivo o grupo de cultivos asociados.Copia de contrato laboral con un técnico o compromiso de efectuar la contratación del mismo en un plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la resolución de reconocimiento de la ASV.Declaración responsable del técnico de no estar relacionado con el sector de productos fitosanitarios.Documento acreditativo de que su forma jurídica les supone el reconocimiento de personalidad jurídica propia y capacidad para contratar.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1mes si la resolución es expresa y tres si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden DES/43/2010, de 1 de julio, por la que se regula el reconocimiento de las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASV) y se crea su registro.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.