Recursos en materia electoral deportiva.

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Recursos en materia electoral deportiva.

Planteamiento de recursos en materia electoral deportiva contra las resoluciones dictadas por las Juntas Electorales Federativas competentes en materia electoral, con ocasión de la celebración de elecciones en las Federaciones Deportivas Cántabras para la designación de sus órganos de gobierno y representación.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
Órgano directivo
Direc. General De Deporte (DIR3: A06027824)
Clasificación
Otros
Materia(s)
Deportes
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Resolución definitiva previa de la Junta Electoral Federativa competente en materia electoral, con ocasión de la celebración de elecciones en las federaciones deportivas cántabras para la designación de sus órganos de gobierno y representación.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El recurso deberá formalizarse en el plazo de dos días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del acuerdo expreso de la correspondiente Junta Electoral o desde el siguiente a aqúel en que terminó el plazo de resolución de reclamaciones según el calendario electoral.

Fecha inicio plazo presentación
01/01/2011
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro delegado de la Dirección General de Deporte, calle Pasaje de Peña, 2, 1º, 39008, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Comité Cántabro de Disciplina Deportiva.
Norma atributiva

Decreto 26/2002, de 7 de marzo, de desarrollo de los órganos de carácter deportivo regulados en la Ley de Cantabria 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 58, de 26 de marzo de 2002). Orden ECD/13/2012, de 18 de marzo, por la que se establecen los criterios a los que habrán de ajustarse las federaciones deportivas cántabras para la elección de los miembros de sus Asambleas Generales y presidentes.

Órgano que resuelve
Comité Cántabro de Disciplina Deportiva.
Norma atributiva

Decreto 26/2002, de 7 de marzo, de desarrollo de los órganos de carácter deportivo regulados en la Ley de Cantabria 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 58, de 26 de marzo de 2002). Orden ECD/13/2012, de 18 de marzo, por la que se establecen los criterios a los que habrán de ajustarse las federaciones deportivas cántabras para la elección de los miembros de sus Asambleas Generales y presidentes.

Plazo máximo de resolución
3 Días hábiles
Plazo medio de resolución
Días hábiles
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso Contencioso Administrativo

Órgano

Juzgado de lo Contencioso Administrativo.

Plazo
Dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (B.O.C.nº 134, de 11 de julio de 2000). Decreto 26/2002, de 7 de marzo, de desarrollo de los órganos de carácter deportivo regulados en la Ley de Cantabria 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 58, de 26 de marzo de 2002). Orden ECD/13/2012, de 18 de marzo, por la que se establecen los criterios a los que habrán de ajustarse las federaciones deportivas cántabras para la elección de los miembros de las Asambleas Generales y presidentes. Resolución de 23 de enero de 1 990, por la que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento y régimen interior del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva (B.O.C.de 21 de enero de 1990).
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