Rectificación del catálogo de montes de utilidad pública.

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Rectificación del catálogo de montes de utilidad pública.

Rectificar el catálogo de montes de utilidad pública

Datos generales

Consejería
Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
Clasificación
Otros
Materia(s)
Medio ambiente
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Montes.
Norma atributiva

Ley 43/2003 de Montes, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes y Orden GAN/61/2013, de 24 de septiembre, por la que se aprueba el

procedimiento para la rectificación del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cantabria.

Órgano que resuelve
Director/a General de Medio Natural.
Norma atributiva

Ley 43/2003 de Montes, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes y Orden GAN/61/2013, de 24 de septiembre, por la que se aprueba el procedimiento para la rectificación del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de Alzada o requerimiento previo entre administraciones públicas

Órgano

El recurso de alzada lo resuelve el Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

Plazo
El plazo para el recurso de alzada es de 1 mes si la resolución es expresa y para el requerimiento previo 2 meses.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Ley de Cantabria 6/2002, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes. Orden GAN/61/2013, de 24 de septiembre, por la que se aprueba el procedimiento para la rectificación del catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cantabria.
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