Reclamaciones contra actos de gestión, liquidación y recaudación de tributos propios de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de otros ingresos de derecho público, reconocimiento y liquidación de obligaciones tributarias y cuestiones relacionadas con las operaciones de pago de las mismas con cargo a la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos
- Órgano directivo
- Secret.Gral. De Economia, Hacienda, Financiacion Autonomica Y Fondos Europeos (DIR3: A06029659)
- Clasificación
- Revisión de Actos administrativos y Recursos
- Materia(s)
- Economía, Comercio y Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Ser interesado/a.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
1 mes desde que se dicta el acto recurrido.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2011
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Órgano que dictó la resolución recurrida.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Junta Económico Administrativa.
- Norma atributiva
- Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Decreto 31/2021, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda.
- Informes o dictámenes
-
- Informe del órgano gestor del que procede el acto recurrido. (plazo de elaboración: 15 días.).
- Órgano que resuelve
- Junta Económico Administrativa.
- Norma atributiva
- Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Decreto 143/2002 ,de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de reclamaciones Económico-Administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 1 Años
- Plazo medio de resolución
- 1 Años
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso Contencioso Administrativo.
- Órgano
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Plazo
- 2 meses si el acto es expreso y 6 meses si no lo es.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
-
- Decreto 143/2002, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de reclamaciones Económico-Administrativas que se susciten en el ámbito de la gestión económico financiera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.