Sede Electrónica

Prórroga de vigencia de derechos mineros.

Autorización de la prórroga de la vigencia en permisos de investigación o exploración y en autorizaciones y concesiones de explotación.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Industria, Energia y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Energía e industria
Empresas
Consumo
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Titular o explotador de un derecho minero para recursos de las Secciones A), C) o D).

Plazos y presentación

Plazo de presentación
En los casos de permisos de exploración y de investigación la solicitud deberá ser presentada un mes antes, como mínimo, del término de su periodo de vigencia. Para las concesiones de explotación, la solicitud se deberá presentar tres años antes, como mínimo, de la terminación de su vigencia.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo, calle Albert Einstein nº 2, Edificio Apia, 39001, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Solicitud en todos los casos. Para los permisos de exploración se referirá el contexto geológico del área. Para los permisos de investigación se acompañará una memoria con detalle de los trabajos realizados y de los que se consideren necesarios para completar la investigación, inversiones efectuadas y programa para el desarrollo de los trabajos. Podrán ser otorgadas prórrogas excepcionales (a partir del tercer año de las ordinarias), debiendo acreditarse la solvencia técnica y económica del solicitante, amplitud y características de los trabajos programados, contexto geográfico, geológico y metalogenético del terreno, así como los trabajos desarrollados, las inversiones realizadas, los resultados obtenidos y garantías que siga ofreciendo el titular peticionario. Para las concesiones de explotación deberá presentarse informe detallado en el que deberá acreditarse la continuidad del recurso o el descubrimiento de uno nuevo, cálculo de reservas, proyecto general de explotación y técnicas de explotación, tratamiento y beneficio adecuadas al proceso tecnológico.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Ordenación de la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo.
Norma atributiva

Decreto 58/2007, de 17 de mayo, de modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (BOC de 31 de mayo)

Órgano que resuelve
Director/a General de Industria, Comercio y Consumo.
Norma atributiva

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, que regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de trabajo e industria (BOC de 3 de octubre).

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejero/a de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es

Normativa

Normativa aplicada

Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE nº 176 de 24 de julio de 1973). Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos (BOE nº 280, de 21 de noviembre de 1980). Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de Minería (BOE nº 295 y 296 de 11 y 12 de diciembre de 1978).

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