Programa de familias acogedoras.
Solicitudes para formar parte del Programa de Familias acogedoras que proporciona a los niños, niñas y adolescentes un contexto familiar seguro y enriquecedor, una adecuada atención de todas sus necesidades y la atención especializada necesaria para superar los efectos de la situación de desprotección.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No haber sido privado de la patria potestad de ningún niño, niña o adolescente.
- No padecer enfermedad física y/o psíquica que dificulten el proceso de acogemiento.
- No tener, ni haber tenido causas penales.
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- El deseo de acogimiento debe ser compartido por todas las personas que conviven en la familia.
- Aceptar la relaciones entre los niños y niñas y su familia biológica.
- Asistir a las sesiones de formación.
- Aceptar el seguimiento y la supervisión por parte del personal del equipo técnico.
- Colaborar y participar en todas las fases del proceso de cogimiento.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- - Registro General del ICASS, Paseo General Dávila 87, Santander.
- Registro Subdirección Infancia, Adolescencia y Familia, c/ Canalejas 42, Santander.
- Registro General del Gobierno de Cantabria. C/ Peña Herbosa nº 29, 39004, Santander .
- Cualquier otro establecido en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
- DNI.
- Libro de familia.
- Declaración jurada de la existencia o no de hijos o hijas.
- Declaración de la renta del patrimonio de cada solicitante referente al último ejercicio económico, o en su defecto, certificado de haberes anuales brutos y relación documentada de bienes patrimoniales.
- Certificado de antecedentes penales.
- Documento que acredite la cobertura sanitaria.
- Certificado médico de todos los solicitantes, acreditativo de no padecer enfermedades infecto-contagiosas, ni cualquier otra que dificulte el cuidado del niño, niña o adolescente.
- Certificado de empadronamiento o documento acreditativo de residencia habitual en Cantabria.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Atención a la Infancia, Adolescencia y Familia.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia.
- Órgano que resuelve
- Director/a del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada.
- Órgano
- Consejera de Empleo y Políticas Sociales.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Decreto 58/2002, de 30 de mayo, por el que se desarrollan los procedimientos relativos a la protección de menores y a la adopción y se regula el Registro de Protección de la Infancia y adolescencia.
-
Ley de Cantabria 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.