Programa de control oficial de bienestar animal en explotación y en el transporte.

Sede Electrónica

Programa de control oficial de bienestar animal en explotación y en el transporte.

Gestión general de los Programas de Control Oficial: trámites de seguimiento, subsanación, control de requisitos y funcionamiento en el marco de los Programas de control oficial de la Cadena Alimentaria en el ámbito del bienestar animal en las explotaciones ganaderas y transporte de animales.
Con ocasión de inspección de seguimiento conlleva tasa.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
Clasificación
Inspectora
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
16/02/2022
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

La solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, y Alimentación o en lugares y formas previstas en el Art.134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de régimen jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.
Norma atributiva

- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de régimen jurídico del Gobierno de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autonoma de Cantabria.

- Real Decreto 3114/1982, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de agricultura, ganadería y pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

Órgano que resuelve
Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.
Norma atributiva

- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de régimen jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Real Decreto 3114/1982, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de agricultura, ganadería y pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).

Plazo máximo de resolución
Según normativa aplicable
Plazo medio de resolución
Según normativa aplicable
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Según normativa aplicable
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Reglamento (CE) Nº 1255/97 del Consejo, de 25 de junio de 1997, sobre los criterios comunitarios que deben cumplir los puntos de parada y por el que se adapta el plan de viaje mencionado en el Anexo de la Directiva 91/628/CEE. (D.O L 174 p.1).
  • Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas. (BOE nº 61 de 11/03/00).
  • Directiva 98/58/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.
  • Real Decreto 773/2011, de 3 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de gallinas ponedoras.
  • Reglamento 1099/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.
  • Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
  • Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo.
  • Directiva 1999/74/CE del Consejo, de 19 de julio de 1999, por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras. (D.O L 203 p.53).
  • Directiva 2007/43/CE, del Consejo, de 28 de junio, por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de pollos destinados a la producción de carne. (DO L 182).
  • Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros. (B.O.E. nº 161 de 7/7/94).
  • Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre, de relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n.º 1255/97 (DO L 3), y que deroga la Directiva 91/628/CE y el R (CE) nº 411/98.
  • Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.
  • Real Decreto 1048/2005, de 16 de septiembre, ordenación de la avicultura de carne ( B.O.E. 29/09/2005).
  • Directiva 2008/120/CE del Consejo, relativa a normas mínimas para la protección de cerdos.
  • Real Decreto 3/2002 de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras. (BOE nº 13 de 15/01/02).
  • Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. (BOE 8 de noviembre).
  • Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.
  • Ley 3/92, de Cantabria de Protección de los animales y Decreto 46/92 por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla.
  • Directiva 91/629/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1991, relativa a las normas mínimas para la protección de terneros. (D.O L 340 p.28).
  • Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen normas mínimas para protección de pollos de carne.
  • REGLAMENTO UE | REGLAMENTO (UE) 2017/625 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2017 relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.
  • Reglamento 853/2004, que contempla requisitos de sacrificios de urgencia fuera del matadero y del sacrificio en explotación.
  • Real Decreto 1392/2012, de 5 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.
  • Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos. (B.O.E. nº 278 de 20/11/2002).
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