Sancionar al responsable de una infracción ambiental así como restaurar, en su caso, los daños ambientales ocasionados.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
- Clasificación
- Sancionador
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Forma de inicio
- De oficio
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Realización de conducta tipificada como infracción en la legislación ambiental.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
No tiene.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicios de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
- Norma atributiva
Artículo 4 del Decreto 7372005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente, y sucesivas modificaciones.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Director General de Medio Ambiente y Cambio Climático, Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente o Consejo de Gobierno en función del tipo de infracción.
- Norma atributiva
- Art. 52 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
- Artss. 12 y 49 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
- Artss. 12 y 111 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Art. 26 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
- Art. 4 Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura.
- Plazo máximo de resolución
- Según normativa aplicable
- Plazo medio de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada en resoluciones sancionadoras dictadas por el Director General de Medio Ambiente y Cambio Climático y recurso potestativo de reposición en resoluciones sancionadoras dictadas por el Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y el Consejo de Gobierno.
- Órgano
Organo jerárquico superior en recurso de alzada y mismo órgano en recurso de reposición.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
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- Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.
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- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
-
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
-
- Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
-
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
-
- Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.