Procedimiento sancionador en materia de Patrimonio Cultural.
Sanción de aquellas conductas constitutivas de infracción administrativa a tenor de lo dispuesto en el Título VI de la Ley de Cantabria 11/1998 de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
- Clasificación
- Sancionador
- Materia(s)
- Cultura
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Oficina de Asistencia en Materia de Registros (OAMR) de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, situada en la calle Lealtad, nº 24 (Edificio Matorras) de Santander, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
No aplica.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Patrimonio Cultural.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998).
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica en procedimientos por infracciones leves y graves. Persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte en el caso de procedimientos por infracciones muy graves.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 12 de diciembre de 1998).
- Plazo de resolución
- 1 Años
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada contra resoluciones de la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Memoria Histórica, de reposición o contencioso administrativo contra resoluciones de la persona titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte.
- Órgano
- Consejero/a de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte en recursos de alzada y reposición. En vía contencioso-administrativa, los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en sanciones administrativas que consistan en multas no superiores a 60.000 euros y en ceses de actividades o privación de ejercicio de derechos que no excedan de seis meses y el Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso contrario.
- Plazo
- 1 mes para el recurso de alzada y el de reposición y 2 meses para el recurso contencioso administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº240, de 12 de diciembre de 1998 y BOE nº10, de 12 de enero de 1999).Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.