Procedimiento restringido de contratación.

Sede Electrónica

Procedimiento restringido de contratación.

En este procedimiento restringido cualquier empresa interesada podrá presentar una solicitud de participación en respuesta a una convocatoria de licitación. Solo podrán presentar proposiciones aquellos empresarios que, a su solicitud y en atención a su solvencia, sean seleccionados por el órgano de contratación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares podrán contemplar primas o compensaciones por los gastos en que incurran los licitadores al presentar su oferta en contratos de servicios en los casos en los que su presentación implique la realización de determinados desarrollos. En este procedimiento estará prohibida toda negociación de los términos del contrato con los solicitantes o candidatos.

Datos generales

Consejería
Procedimientos generales del Gobierno
Órgano directivo
-
Clasificación
Contratación pública
Materia(s)
Relaciones entre Administraciones Públicas
Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración
Forma de inicio
De oficio
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Los previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Según lo dispuesto en el anuncio de licitación.

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Contratación y Compras.
Norma atributiva

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Órgano que resuelve
Consejero del órgano de contratación competente.
Norma atributiva

Ley 5/2018, de 22 de noviembre, del Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y Sector Público Institucional de la CCAA de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición ante el órgano que ha dictado la Resolución recurrida o directamente recurso contencioso administrativo.

Órgano

El mismo que dictó el acto.

Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
  • Ley 5/2018, de 22 de noviembre, del Régimen Jurídico del Gobierno de la Administración y Sector Público Institucional de la CCAA de Cantabria.
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