Procedimiento para el seguimiento de la ejecución del Convenio entre el ICASS y las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria.

Sede Electrónica

Procedimiento para el seguimiento de la ejecución del Convenio entre el ICASS y las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria.

Seguimiento de la ejecución del Convenio entre el ICASS y las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales de Atención Primaria: personal; programas complementarios; apartamentos supervisados; servicio de atención domiciliaria (SAD); teleasistencia domiciliaria (TAD); fondo extraordinario de suministros (emergencia social); programas de ayuda para infancia en situación de vulnerabilidad; catering social.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direccion Del Icass (DIR3: A06027807)
Clasificación
Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Relaciones entre Administraciones Públicas
Forma de inicio
Interesado, De oficio
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Las Entidades Locales deberán haber justificado correctamente la ejecución presupuestaria asignada en el ejercicio anterior.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
20/01/2022
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Instituto Cántabro de Servicios Sociales. Subdirección de Protección Social.
Norma atributiva

Ley 2/2007, de 27 de marzo de Derechos y Servicios Sociales. BOC nº 66 de 3 de abril de 2007.

Convenios de colaboración entre el Instituto Cántabro de Servicios Sociales y los diferentes municipios y mancomunidades para el desarrollo de los Servicios Sociales de Atención Primaria de 30 diciembre 2021. BOC extraordinario nº 102 de 31 de diciembre de 2021.

Norma atributiva

Ley 2/2007, de 27 de marzo de Derechos y Servicios Sociales. BOC nº 66 de 3 de abril de 2007.

Convenios de colaboración entre el Instituto Cántabro de Servicios Sociales y los diferentes municipios y mancomunidades para el desarrollo de los Servicios Sociales de Atención Primaria de 30 diciembre 2021. BOC extraordinario nº 102 de 31 de diciembre de 2021.

Plazo máximo de resolución
-
Plazo medio de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No tiene

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley 2/2007, de 27 de Marzo, de Derechos y Servicios Sociales (BOC Nº66, 3 abril 2007).
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