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Procedimiento Normalizado de Trabajo del Programa de vigilancia sanitaria de zonas de baño de Cantabria.

Se define el procedimiento normalizado de trabajo del Programa de Vigilancia Sanitaria de zonas de baño de Cantabria que se ejecuta desde la Sección de Sanidad Ambiental e implica comunicaciones a diferentes administraciones en función de los resultados obtenidos tras el análisis de las muestras de agua de baño recogidas.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Inspectora
Materia(s)
Relaciones entre Administraciones Públicas
Salud
Medio ambiente
Tipo de destinatario
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

La administración sanitaria inicia el procedimiento derivado de las acciones que se ejecutan dentro del Programa de vigilancia sanitaria de las zonas de baño que puede implicar la comunicación con la Dirección General con competencias en materia de vertidos de la tierra al mar y con los Ayuntamientos correspondientes

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante la temporada de baño que suele definirse del 1 de junio al 30 de septiembre de cada año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

n/a

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Seccion de Sanidad Ambiental
Norma atributiva

Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño

Norma atributiva

Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño

Plazo de resolución
-
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre la gestión de la calidad de las aguas de baño

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