Procedimiento de impugnación de actos en materia de elecciones a representantes de los trabajadores en las empresas, Delegados de Personal y Comité de empresa y Juntas de personal de las AAPP.
- Inscripción en el Registro de los procedimientos impugnatorios de elecciones sindicales.
- Tramitación de las impugnaciones, dando traslado al árbitro correspondiente y cursando las citaciones para comparecencia ante el árbitro.
- Recepción del Laudo arbitral y notificación a las partes.
- Traslado del Laudo y documentación relativa al proceso electoral al Juzgado de lo Social correspondiente, en caso de impugnación del Laudo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Empresas
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Todos los que tengan un interés legítimo en un determinado proceso electoral.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- - 3 días hábles desde el día siguiente a aquel en el que se hubiesen producido los hechos o resuelto la reclamación por la Mesa electoral. - Para las organizaciones sindicales que no han presentado candidatos en el centro de trabajo donde se celebra la elección, los 3 días se computarán desde el día en que se conozca el hecho impugnable. - si se impugnasen actos del día de la votación o posteriorres al mismo, el plazo será de 10 días contados a partir de la entrada de las Actas en la oficina pública competente.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Escrito de impugnación que debe contener:
- nombre y apellidos del impugnante, documento nacional de identidad, domicilio a efectos de notificaciones y citaciones, acreditación de su representación cuando actúe en nombre de persona jurídica.
- partes afectadas, concretando denominación y domicilio.
- hechos motivadores de la impugnación.
- en el caso de reclamaciones a actos de la mesa electoral, acreditación de haberse efectuado la reclamación previa ante ella.
- solicitud de acojerse al procedimiento arbitral.
- lugar, fecha y firma.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Trabajo
- Norma atributiva
Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos.
Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Decreto 209/2019, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales
- Órgano que resuelve
- Árbitro en materia electoral designado por las organizaciones sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma.
- Plazo de resolución
- 3 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- El Laudo es impugnable ante la Jurisdicción Social
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 9/1978, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al servicio de las Administraciones Públicas
-
Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
-
Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado.
Presentación
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