Establecer las condiciones de las subvenciones dirigidas a Ayuntamientos de Cantabria para la ejecución del Plan de Inversiones Municipales en el periodo 2025-2029, mediante contratos de obra licitados por la Corporación Municipal. Este Plan de Inversiones es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y la prestación de servicios de competencia municipal. Tiene como finalidad establecer un régimen adecuado de dotaciones municipales para garantizar la prestación de los servicios de competencia municipal, según lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, y normativa concordante. Con ello garantizan los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal en el marco de la política social y económica, colaborando a la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio de los servicios de competencia municipal, especialmente de los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de los servicios municipales entre sí.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente (DIR3: A06029670)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Relaciones entre Administraciones Públicas
- Obras Públicas, tráfico y transportes
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- No
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán beneficiarse de las subvenciones reguladas en este Decreto, los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Los gastos subvencionables deberán realizarse en el período comprendido entre la fecha de adjudicación de cada contrato y el viernes 27 de abril de 2029. La fecha de publicación o convocatoria de licitación de cada proyecto deberá ser posterior a la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Cantabria" de la resolución de concesión de la subvención de cada Ayuntamiento.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el viernes 17 de enero de 2025 y finalizará el viernes 31 de octubre de 2025, siendo dicho plazo improrrogable.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a plazos
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- El órgano instructor es la Dirección General de Aguas y Puertos para las obras cuyo objeto sea redes locales de abastecimiento, saneamiento y pluviales; para el resto de obras, el órgano instructor será la Dirección General de Obras Públicas.
- Norma atributiva
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año correspondiente.
- Decreto 89/2024, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Inversiones Municipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el periodo 2025-2029.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
- Norma atributiva
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año correspondiente.
- Decreto 89/2024, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Inversiones Municipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el periodo 2025-2029.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el consejero de Obras Públicas, Vivienda, Ordenación del Territorio y Urbanismo, sin perjuicio de la posibilidad de interponer, directamente, recurso contencioso -administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Órgano
Recurso potestativo de reposición: Consejo de Gobierno.
Recurso contencioso - administrativo: Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.- Plazo
- Recurso potestativo de reposición: 1 mes contado a partir del día siguiente hábil al de notificación de la resolución. Recurso contencioso - administrativo: 2 meses contados a partir del siguiente hábil al de notificación de la resolución.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año correspondiente.
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- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria; Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año correspondiente.
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- Decreto 89/2024, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Plande Inversiones Municipales de la Comunidad Autónoma de Cantabriaen el periodo 2025-2029.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
