Circular con vehículos en las pistas del parque natural Saja-Besaya.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Medio ambiente
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Permisos puntuales. Sin restricciones específicas, sólo para vehículos diferentes de moto/quad que no están autorizados.
- Por minusvalía.
- General: ser titular de explotación ganadera en un municipio que esté incluido dentro de los límites del parque. Ser titular de explotación ganadera con derecho a pastos dentro de la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga. Ser propietario de terrenos situados en el parque
- Residentes: vecindad de al menos 1 año en alguno de los ayuntamientos cuyos términos municipales formen parte del Parque.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Dirección General de Medio Natural, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 6/2002.
Documentación requerida
- No es necesario aportar documentación
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Director del parque natural Saja-Besaya.
- Norma atributiva
Decreto 91/2000, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Saja-Besaya.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Medio Natural
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de Alzada
- Órgano
Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. / Decreto 91/2000, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Saja-Besaya.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.