P1-Procedimiento para la solicitud de ayuda a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial, para sujetos que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
P2-Procedimiento para la solicitud de ayuda a la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público, para sujetos siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General De Industria, Energia Y Minas (DIR3: A06027837)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Los establecidos en la convocatoria de los Programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, y en el Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Solicitud: hasta 31/12/2023.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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11 Modelo TER-J02 - LISTADO DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO
No obligatorio
11 Modelo TER-J02 - LISTADO DE FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO |
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01 Modelo TER-S01 - FORMULARIO SOLICITUD
No obligatorio
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07 Modelo TER-S07 - DDRR SOLICITANTE - BIOMASA
No obligatorio
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04 Modelo TER-S04 - DDRR EMPRESA - TAMAÑO - CARACTER INCENTIVADOR
No obligatorio
04 Modelo TER-S04 - DDRR EMPRESA - TAMAÑO - CARACTER INCENTIVADOR |
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09 Modelo TER-S09 - DACI SOLICITANTE
No obligatorio
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06 Modelo TER-S06 - DDRR DNSH INF100KW
No obligatorio
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10 Modelo TER-J01 - FORMULARIO JUSTIFICACIÓN
No obligatorio
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03 Modelo TER-S03 - DDRR SOLICITANTE - AUTORIZACIÓN
No obligatorio
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05 Modelo TER-S05 - DDRR CESIÓN DATOS PRTR
No obligatorio
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08 Modelo TER-S08 - DDRR TÉCNICO - CONSUMO 80
No obligatorio
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02 Modelo TER-S02 - AUTORIZACIÓN TRÁMITE
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Fomento de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
- Norma atributiva
Según convocatoria.
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación,Transporte y Comercio.
- Norma atributiva
Orden por la que se regula la convocatoria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso Potestativo en Reposición (RPP).
Recurso Contencioso-Administrativo (RCA).- Órgano
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (RPP).
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (RCA).- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Potestativo en Reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Contensioso-Administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
