Procedimiento para la solicitud de ayuda a la realización de instalaciones de AUTOCONSUMO con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, así como para la incorporación de ALMACENAMIENTO en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable ya existentes, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, en la comunidad autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. (Programas 4 y 5)
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General De Industria, Energia Y Minas (DIR3: A06027837)
- Clasificación
- Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Los establecidos en la convocatoria de los Programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, que aprueba las bases reguladoras.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Solicitud: hasta 31/12/2023.
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
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- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.
Electrónicamente: A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Documentación requerida
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Modelo_PAC-S05-DDRR_SOLICITANTE-AUTORIZACION
No obligatorio
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Modelo_PAC-J01-JUSTIFICACION_Y_SOLICITUD_PAGO
No obligatorio
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Modelo_PAC-S08-DDRR_TECNICO-CONSUMO_80
No obligatorio
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Modelo_PAC-S07-DDRR_TECNICO-ALMACENAMIENTO
No obligatorio
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Modelo_PAC-S02-SOLICITUD_P45
No obligatorio
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Modelo_PAC-J02-LISTADO_FACTURAS
No obligatorio
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Modelo_PAC-S04-AUTORIZACION_TRAMITE
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Fomento de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
- Norma atributiva
Según convocatoria.
- Órgano que resuelve
- Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación,Transporte y Comercio.
- Norma atributiva
Orden por la que se regula la convocatoria.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
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En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso Potestativo en Reposición (RPP).
Recurso Contencioso-Administrativo (RCA).- Órgano
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (RPP).
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (RCA).- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Potestativo en Reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Contensioso-Administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
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- Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE.
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- Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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- Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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- Reglamento (UE) n º1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las subvenciones de minimis.
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- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
