Procedimiento para la obtención de la certificación acreditativa de la cualificación como operario cualificado en el sistema correspondiente en base a la justificación de la experiencia, de acuerdo a lo establecido en el apartado 3.c).5º del anexo III del Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI), aprobado por el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General De Industria, Energia Y Minas (DIR3: A06027837)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Energía e industria
- Empresas
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
- Tasas
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
Tasa por expedición de certificados. Tasa por expedición de certificado: 14,96 euros. |
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Se reconocerá la experiencia laboral de 12 meses como mínimo antes de entrada en vigor del Reglamento (12/12/2017) a los trabajadores que presten o hayan prestado servicios como personal cualificado en la instalación y/o mantenimiento de estos sistemas conforme al Anexo III del RD 513/2017.
Para ello, deberá aportarse documentación que acredite la actividad y la experiencia en estos sistemas.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Durante todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- 14/06/2019
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Electrónicamente: A través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "rec.cantabria.es".
Documentación requerida
Vida laboral. Vida laboral del trabajador, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Copia simple.
Obligatorio
|
Contrato de trabajo. Contrato de trabajo o certificación de las empresas donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. Copia simple.
Obligatorio
|
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Ordenación.
- Norma atributiva
Decreto 11/2019, de 21 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Industria, Comercio y Consumo.
- Norma atributiva
Decreto 11/2019, de 21 de febrero, por el que se establece la Estructura Orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Innovación, Industria, Turismo y Comercio.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 1 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada.
- Órgano
Consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y en cualquier momento si no lo es.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Presentación
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.