Sede Electrónica

Observatorio de Violencia Doméstica y de Género.

Gestion de expedientes e informes de la participación de Dirección General Justicia en el Observatorio de Violencia Doméstica y de Género. Documentación y reuniones derivadas del Observatorio y sus grupos de trabajo.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General de Justicia y Victimas del Terrorismo (DIR3: A06004049)
Clasificación
Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
Materia(s)
Justicia
Tipo de destinatario
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

No aplica.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
No aplica.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

No aplica.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Justicia.
Norma atributiva

Real Decreto 817/2007, de 22 de junio, por el que se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Órgano que resuelve
No aplica.
Norma atributiva

No aplica.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
No aplica.
Órgano
No aplica.
Plazo
No aplica.

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 817/2007, de 22 de junio, por el que se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

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