Tipos:
A. Renovación.
B. Modificación.
C. Cambio de titularidad.
D. Baja.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca Y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General De Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
- Tasas
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
|
Tasa de inscripción en registros oficiales sin inspección. Cuantía 9,12€ (Concepto 5015). |
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Estar inscrito en el ROPO y haber sufrido cualquier modificación significativa en los datos que constan en el Registro.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Abierto todo el año.
1 mes desde el momento en que se haya producido la modificación.- Fecha inicio plazo presentación
- 04/09/2025
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
| Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el de las Oficinas Comarcales, en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria. |
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Documentación requerida
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Anexo IV. Modificaciones ROPO. Según los casos: Casos A y C 1.1. Acreditación de la personalidad jurídica del solicitante. En el caso de que la solicitud sea realizada por el representante de la entidad, acreditación de la representación. Casos A y B 2.1. Justificación documental de cualquier modificación en los datos de la inscripción (planos, personal, ...). Casos C y D 3.1. Justificación documental que acredite el cambio de titularidad o la baja (contrato de arrendamiento, jubilación,). Casos A, B y C 4.1. Justificación del ingreso de la tasa correspondiente. Pdf.
Obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Agricultura y Diversificación Rural.
- Norma atributiva
Orden MED/4/18, de 19 de enero, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Desarrollo Rural.
- Norma atributiva
Orden MED/4/18, de 19 de enero, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 40 Días hábiles
- Plazo medio de resolución
- 15 Días hábiles
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Contra las resoluciones de la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de las mencionadas resoluciones. La resolución de los recursos agotará la vía administrativa, frente a la cual solo cabrá interponer recurso contencioso administrativo.
- Órgano
Persona titular de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- Un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de alzada en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.
-
- Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
-
- Orden MED/4/2018, de 19 de enero, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.

