A través de este procedimiento se comprueba si una finca que está incluida dentro del Catálogo de Montes de Utilidad Pública debe o no ser excluida del mismo por ser de titularidad privada.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
- Clasificación
- Revisión de Actos administrativos y Recursos
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Abierto de continuo.
- Fecha inicio plazo presentación
- 05/01/2021
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
Los contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- El Jefe del Servicio de Coordinación.
- Norma atributiva
Instrucción de Servicio del Director General del Medio Natural de 14 de mayo de 2018.
- Órgano que resuelve
- Director General del Medio Natural.
- Norma atributiva
Decreto de Estructura Orgánica de esta Consejería e instrucción de servicio del Director General del Medio Natural de 18 de mayo de 2018.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Alzada.
- Órgano
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- El contemplado en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Sentencia del Tribunal Supremo nº43/2016, de 11 de febrero.
-
- Ley de Montes.
-
- Sentencia del Tribunal Supremo 841/2013, de 21 de enero de 2014.
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.