Modificación de la inscripción en el Registro de Juego de las empresas prestadoras de servicios de interconexión.

Sede Electrónica

Modificación de la inscripción en el Registro de Juego de las empresas prestadoras de servicios de interconexión.

Modificar las inscripciones en el Registro de Juego de las empresas prestadoras de servicios de interconexión.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Presidencia, Justicia, Seguridad Y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General De Seguridad Y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

La empresa solicitante debe estar inscrita en el Registro de Juego como empresa prestadora de servicios de interconexión.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Todo el año.

Fecha inicio plazo presentación
10/10/2013
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Justicia, calle Peña Herbosa nº 29, 39003, Santander o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juego y Espectáculos
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.

Órgano que resuelve
Secretario/a General de la Consejería de Presidencia y Justicia
Norma atributiva

Decreto 58/1996, de 28 de junio, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de Casinos, Juegos y Apuestas.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo

Recurso de alzada

Órgano

Consejero de Presidencia y Justicia.

Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada
  • Ley de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, del Juego. / Decreto 44/1997, de 29 de mayo, por el que se regula el Registro de Juego de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Orden PRE/14/2013, de 17 de abril, por el que se regula la modalidad de juego del bingo electrónico en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

    Lo entiendo