Presentación de los Libros tanto contables (diario e inventario y cuentas anuales) como societarios (libro de actas de la Asamblea, del Consejo Rector, Registro de Socios, Aportaciones al capital social y otros) para su legalización.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Trabajo, Economia Social y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
- Clasificación
- Declaraciones y comunicaciones de los interesados
- Materia(s)
- Empresas
- Empleo y Seguridad social
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Permite apoderados
- Sí
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Nombre, apellidos, NIF y firma del presentador.
Datos identificativos de la Sociedad Cooperativa.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Libros societarios: legalización con caracter previo a su utilización.
- Libros contables: en el plazo de 4 meses desde el cierre del ejercicio económico.
- Fecha inicio plazo presentación
- 17/04/2023
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Periodicidad
- Continuo
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
SOLICITUD DE LEGALIZACION DE LIBROS
No obligatorio
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Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Sección de Registros del Servicio de Relaciones Laborales.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Trabajo.
- Norma atributiva
- Ley 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria.
- Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada.
- Órgano
Consejería de Empleo y Políticas Sociales.
- Plazo
- 1 mes si el acto es expreso y sin plazo si es presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
-
- Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, que aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas.
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- Ley 6/2013, de 6 de noviembre, de Cooperativas de Cantabria.
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- Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas (se aplica de forma supletoria).
Presentación
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¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.