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Inspección de pesca y comercialización.

Asegurar la correcta aplicación del ordenamiento en materia de pesca y comercialización.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Inspectora
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Los agentes deben identificarse y deberá facilitarse la inspección que realicen.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial

Documentación

No cumplimentado

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Agentes del Servicio de Actividades Pesqueras
Norma atributiva

Ley 3/2001.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.Real Decreto 176/2003, de 14 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las funciones de control e inspección de las actividades de pesca marítima.Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.Decreto 91/1998, de 25 de noviembre, por el que se regula el Servicio de Inspección y Vigilancia en materia de Pesca, Acuicultura y Marisqueo de Cantabria. Capítulo Primero: Infracciones y sanciones en materia de pesca, del título II Medidas Administrativas, Ley 7/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

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